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Construcción nueva: todo lo que debes saber

¿Cuál es el primer aspecto a exigir cuando se compra una vivienda de obra nueva?

Como empresa de reformas en Móstoles, sabemos que al comprar una casa de este tipo se debe exigir la totalidad de la información respecto a sus características y calidades, para que el comprador se pueda hacer una idea de qué va a adquirir. Sumados al precio y a la forma de pago, hay otros documentos de vital importancia que deben aparecer reflejados al comprar una casa nueva, como son la garantía, la licencia de primera ocupación, el certificado de final de obra, la cédula de habitabilidad, la instrucción para el uso y la buena conservación de las instalaciones, así como una evaluación de la obra en caso de emergencia.

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¿Qué documentos debe aportar el promotor antes de formalizar la venta?

Un plano de la vivienda que el cliente vaya a adquirir con la distribución, la superficie útil, las medidas de seguridad contra incendios y el trazado de las redes de climatización, agua, eléctricas, así como las medidas de seguridad contra incendios. También debe comprobarse que constan los materiales utilizados en el aislamiento acústico, así como en el térmico. El propietario debe tener en su posesión la memoria de incidencias, así como los documentos que demuestran la realización de los controles obligatorios y, prefijados por la inspección y evaluación de estructuras de hormigón.

Cuando se procede a la compra de una vivienda sobre plano no debe olvidarse leer detalladamente el libro del edificio, el cual debe ser entregado al comprador por el promotor.

¿Cómo se pueden evitar sorpresas desagradables cuando se compra una vivienda sobre plano?

Es de suma importancia contar con un buen asesoramiento legal, de cara a poder verificar fehacientemente cómo en el acuerdo entre el promotor y el comprador de la vivienda se encuentran incluidas garantías, por medio de las cuales el propietario quedará protegido si se incumpliera alguna parte del contrato o existiese algún defecto de obra.

De hecho, existen garantían que protegen al comprador de la vivienda establecidas por la Ley de Ordenación de la Edificación, la cual establece tres plazos para determinar una reclamación en base a los diferentes desperfectos constatados.

¿Qué irregularidad quedan cubiertas en estos plazos?

La primera de las garantías es de un año, y cubre los daños producidos por defectos que afecten a los acabados como el de la pintura, puertas, cristales de la vivienda o de sus suelos. El comprador cuenta con tres años de cara a reclamar los daños que ocasionan el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad como, por ejemplo, la presencia de humedades. Una garantía de diez años está prevista en el caso de vicios en la cimentación, las vigas, los muros de carga u otros elementos estructurales que comprometan la estabilidad del edificio.

¿Existen garantías legales cuando se compra una vivienda sobre plano?

Sí. Por un lado, una de las dos garantías existentes implica la devolución del promotor de los abonos ya realizados por el comprador más los intereses, si la obra no se finalizara. La segunda garantía consiste en que las cantidades pagadas por los compradores antes de tener las llaves de su futura casa, deben ser depositadas por el promotor en una cuenta independiente de cualquier otra que tenga. Cuando se compra una vivienda de obra nueva, el comprador contará con la obligación de pagar su IVA.

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